Resulta llamativo el desconocimiento fiscal que existe en algunos profesionales de los medios de comunicación, así como en ciertos políticos, pudiendo escuchar hablar periódicamente sobre exenciones fiscales, cuando en realidad lo correcto sería decir deducciones fiscales.
La diferencia entre ambos conceptos está perfectamente delimitada, independientemente del tipo de impuesto de que se esté hablando, con diferencias de naturaleza y consecuencias claramente definidas.
- Cuando se habla de exención fiscal, se hace referencia a las disposiciones introducidas por el legislador en la Ley que regula el impuesto con la finalidad de que determinadas categorías, actos o negocios plenamente sujetos al mismo queden liberados por completo de tributación efectiva.
- En cambio, las deducciones fiscales son reducciones de los ingresos sujetos a tributos por diversos conceptos y que están sujetas a determinadas condiciones o limitaciones, generalmente los gastos en los que se ha incurrido para obtener tales ingresos o determinadas .
En conclusión, son conceptos diferentes con consecuencias igualmente distintas, aunque al mismo tiempo es bien cierto que en ambos casos, el denominador común es incentivar un determinado comportamiento a los ciudadanos y empresas u organizaciones, evitando una mayor tributación efectiva por determinados conceptos.